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  1. #1

    Supresion del permiso de conducir btp

    En el Boletín Oficial del Estado núm. 279, de 21 de noviembre, se ha publicado el Real Decreto 1055/2015, de 20 de noviembre, por el que se modifica el Reglamento General de
    Conductores, aprobado por Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, cuya entrada en vigor está prevista para el próximo día 31 de diciembre de 2015.
    2. Supresión del permiso de conducción de la clase BTP
    El permiso de conducción de la clase BTP solo tiene validez en el territorio nacional y autoriza para "(...) conducir vehículos prioritarios cuando circulen en servicio urgente, vehículos que realicen transporte escolar cuando transporten escolares y vehículos destinados al transporte público de viajeros en servicio de tal naturaleza, todos ellos con una masa máxima autorizada no superior a 3.500 kg y cuyo número de asientos, incluido el conductor, no exceda de nueve. (...)".
    El motivo que justifica su eliminación es que los tipos de vehículos a los que autoriza a conducir la categoría BTP pueden conducirse con otras categorías de permisos ya recogidas en el modelo único de permiso de conducción europeo, común en los 28 estados de la Unión.
    Los titulares de este permiso pueden seguir conduciendo los vehículos para los que antes se requería el BTP, siempre que mantengan en vigor la categoría del permiso de conducción exigida en función del vehículo de que se trate, con independencia de que deban cumplir los requisitos que pudieran establecer las normas sectoriales correspondientes para el desempeño de estos servicios (taxis, ambulancias, policías, etc.).
    Dichos titulares continuarán con el mismo permiso de conducción, en el que figura la categoría BTP, hasta que les caduque el permiso de la categoría B. Cuando lo renueven, en el nuevo documento ya no figurará la mención al permiso BTP.
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  2. #2
    Moter@ locuaz Avatar de howard_p_l
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    Pues vaya. En 2017 me quedaré si el btp.
    Nunca me ha hecho falta, pero si un día quisiera ser taxista o conductor de ambulancia o conductor de microbus ¿con el B podría siempre que no excedan de 3500kg?
    4NOHAYNÓMADA
    "Arima Guztiak Espiritu Bakar Batean"

  3. #3
    Cita Iniciado por howard_p_l Ver mensaje
    Pues vaya. En 2017 me quedaré si el btp.
    Nunca me ha hecho falta, pero si un día quisiera ser taxista o conductor de ambulancia o conductor de microbus ¿con el B podría siempre que no excedan de 3500kg?
    Si,asi es...............................................
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  4. #4
    Moter@ locuaz Avatar de Faraute
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    Creo que lo que dice el post que has puesto es:

    "El motivo que justifica su eliminación es que los tipos de vehículos a los que autoriza a conducir la categoría BTP pueden conducirse con otras categorías de permisos ya recogidas en el modelo único de permiso de conducción europeo, común en los 28 estados de la Unión."

    Supongo que necesitarás al menos el C1 para poder conducir vehículos con los prioritarios (V2), taxis... Aunque me cabe la duda, si con un D1 también podrás hacerlo. No estoy al tanto de las modificaciones del Reglamento General de Conductores.

  5. #5

    Supresion del permiso de conducir btp

    Cita Iniciado por Faraute Ver mensaje
    Creo que lo que dice el post que has puesto es:

    "El motivo que justifica su eliminación es que los tipos de vehículos a los que autoriza a conducir la categoría BTP pueden conducirse con otras categorías de permisos ya recogidas en el modelo único de permiso de conducción europeo, común en los 28 estados de la Unión."

    Supongo que necesitarás al menos el C1 para poder conducir vehículos con los prioritarios (V2), taxis... Aunque me cabe la duda, si con un D1 también podrás hacerlo. No estoy al tanto de las modificaciones del Reglamento General de Conductores.
    Si tiene el btp, no pierde ningún derecho, podrá seguir conduciendo taxis y ambulancias

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  6. #6
    Moter@ locuaz Avatar de Faraute
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    Cita Iniciado por manuelmotauro Ver mensaje
    Si tiene el btp, no pierde ningún derecho, podrá seguir conduciendo taxis y ambulancias

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    Claro, lo contrario sería ilegal. Me refería a los carnés noveles.

  7. #7
    entonces a mi que se me caduco, me conviene renovarlo?

  8. #8

    Supresion del permiso de conducir btp

    Cita Iniciado por Postu Ver mensaje
    entonces a mi que se me caduco, me conviene renovarlo?
    Antiguamente a los 4 años sino lo renovabas te tenias que volver a examinar, ahora no, no pierdes la condicion, en este caso puntual yo entiendo que tampoco pero no quiero tirarme al barro


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  9. #9
    El motorista justiciero Avatar de Capitán Fanegas
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    Cita Iniciado por Postu Ver mensaje
    entonces a mi que se me caduco, me conviene renovarlo?
    Entiendo que lo has dejado caducar porque no lo utilizas.
    Valora si te conviene gastar dinero en el reconocimiento médico (entre 70 - 100 €) y en las tasas de renovación (23,50 €) para 14 días que le quedan de vida al permiso BTP.

 

 

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