Cita Iniciado por manuelmotauro Ver mensaje
Aqui os dejo el Rd 886/2010 que regula las reforms en vhhttps://www.boe.es/boe/dias/2010/07/...2010-11154.pdf
Gracias Manuel.
"Reforma de vehículo: Toda modificación, sustitución, actuación, incorporación o
supresión efectuada en un vehículo después de su matriculación y en remolques ligeros
después de ser autorizados a circular, que o bien cambia alguna de las características del
mismo, o es susceptible de alterar los requisitos reglamentariamente aplicables contenidos
en el Real Decreto 2028/1986, de 6 de junio. Este término incluye cualquier actuación que
implique alguna modificación de los datos que figuran en la tarjeta de ITV del vehículo.

ANEXO I
Tipificación de las reformas de vehículos
Las reformas de vehículos se refieren a las modificaciones introducidas en las funciones
que se relacionan a continuación y que, en su caso, serán desarrolladas según convenga
en el manual de reformas de vehículos.
Se consideran reformas de vehículos las modificaciones relativas a las funciones
siguientes:
1. Identificación.
2. Unidad motriz.
3. Transmisión.
4. Ejes.
5. Suspensión.
6. Dirección.
7. Frenos.
8. Carrocería.
9. Dispositivos de alumbrado y señalización.
10. Uniones entre vehículos tractores y sus remolques o semirremolques.
11. Modificaciones de los datos que aparecen en la tarjeta de ITV."