Ya no es obligatorio llevar el permiso de circulación, tarjeta de inspección técnica o permiso de conducción en la moto, basta con llevar cualquiera de estos tres documentos.
Casos que se pueden dar:
1/ Llevo el permiso de conducción, pero no llevo ni permiso de circulación ni tarjeta de ITV: el agente que me ha parado comprueba que tiene permiso de circulación e inspección técnica en vigor (si es el caso) y podemos continuar.
2/ Llevo el permiso de conducción, el permiso de circulación de la moto pero no la tarjeta de ITV: el agente comprueba que tiene la inspección técnica en vigor y podemos continuar.
2/ Llevo el permiso de circulación y la tarjeta ITV de la moto pero no el permiso de conducción: si llevamos el DNI o el pasaporte el agente lo comprobará y podremos marchar. Si no llevamos encima ni DNI ni pasaporte el agente nos conducirá a las dependencias policiales MÁS PRÓXIMAS a fin de identificarnos para verificar la posesión del permiso, ya que actualmente conducir sin tenerlo o teniéndolo suspendido es un delito.
3/ No llevo permiso de conducción, ni permiso de circulación de la moto, ni tarjeta de inspección técnica: si llevamos DNI o pasaporte encima el agente comprobará el permiso de conducción, comprobará que la moto tiene permiso de circulación e ITV en vigor (si procede). Si todo está bien nos entregará una receta de 60 € por no llevar NINGUNO de estos tres documentos y podremos continuar.
Aclaraciones:
- Sigue siendo obligatorio llevar en lugar visible de la moto el distintivo de ITV favorable.
- No sirve para identificarse el carnet de la biblioteca, del gimnasio, etc... Los únicos válidos son el DNI o el pasaporte.
Resumen:
- Llevo permiso de conducción, todo lo demás bien: "No problem"
- No llevo permiso de conducción:
a) Llevo DNI o pasaporte: "no problem"
b) No llevo ni DNi ni pasaporte: "problem"
- No llevo nada: receta.
Receta aplicable en el caso que nos ocupa (sale muy pequeña, pulsar encima para poder leerla):
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